Protección Temporal

Niños y niñas extranjeros no acompañados o separados solicitantes o beneficiarios de protección temporal en España

Eres un menor no acompañado o separado

  • Si tienes menos de 18 años
  • Si estás en España sin tus padres u otro adulto responsable legalmente de ti
  • Si estás incluido en alguna de las categorías establecidas en la normativa nacional que se detallan en el siguiente enlace

 

¿Qué es la protección temporal?

La protección temporal un procedimiento de carácter excepcional por el que, en caso de afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de terceros países, que no puedan volver a su país de origen, se garantiza a las mismas, protección inmediata y de carácter temporal. Trata de responder a una situación de extrema gravedad como en el caso de la invasión militar de Rusia en Ucrania, que ha dado lugar a la afluencia masiva de personas que huyen del conflicto. 

La protección temporal está definida en el derecho comunitario y nacional

 

Fases del procedimiento de protección temporal

 

1. Solicitud de la cita

Puedes solicitar protección temporal por ti mismo o acompañado por tu tutor o representante legal:

  • Si estás incluido en alguno de los grupos concretos de personas a los que va dirigida esta medida de protección
  • Debes formular la solicitud personalmente
  • Puedes presentarla ante funcionarios de la Dirección General de la Policía, en los centros de acogida, recepción y derivación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o, en su caso, ante las comisarías de policía que se determinen.

 

2. Formalización de la solicitud

El cuerpo Nacional de policía es el responsable de la toma de los datos de identificación y registro. Recabará todos aquellos datos necesarios para la formalización de la solicitud de protección temporal. Te preguntarán por tus datos de identificación y te tomarán las huellas dactilares.

Es necesario que presentes toda la documentación que acredite que perteneces al colectivo de aplicación del régimen de protección temporal

Si estuvieras acompañado por algún adulto responsable de ti, se incluirán sus datos de identificación y contacto en tu solicitud.

 

Indica a las autoridades si:

  • Llegaste por tu cuenta o con una persona que no es ni tu padre ni tu madre. Te harán preguntas sobre ti y tu familia y la persona responsable de ti en España.
  • Deseas ponerte en contacto y encontrar a tu familia.
  • No entiendes el idioma, en tal caso, una persona que hable tu idioma podrá ayudarte.
  • No te encuentras bien y necesitas medicamentos o que te vea un médico.
  • Tienes miedo porque alguien te está amenazando o intenta convencerte de algo que no quieres hacer. Podrías estar en peligro

 

  • Determinación de la edad

Si eres un menor no acompañado y tu minoría de edad no pudiera ser establecida con seguridad, el Ministerio Fiscal dispondrá lo necesario para la determinación de tu edad, para lo que colaborarán las instituciones sanitarias que realizarán las pruebas necesarias.

 

Si tras las pruebas aplicadas se determinara tu minoría de edad, el Ministerio Fiscal lo comunicará a los servicios competentes de protección de menores para asegurar que recibas la atención necesaria.

 

3. Tramitación y Resolución de la solicitud 

Tras la toma de datos te entregarán un documento como resguardo de tu presentación de la solicitud de protección temporal en el que constan tus datos de identificación y huellas y el NIE asignado. 

En este documento se incluye un código QR para que puedas descargar la resolución de tu solicitud, que será el comprobante de tu situación como beneficiario de protección temporal en España y te permitirá el acceso a los derechos que ello conlleva.

 

Acogida, tutor y representación legal

Las autoridades competentes para la tramitación de tu solicitud de protección temporal, si en el momento de la formalización eres un menor no acompañado, te remitirán a los servicios competentes en materia de protección de menores para que te brinden la atención necesaria y lo pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Los Sistemas de protección a la infancia de las Entidades Públicas de las Comunidades Autónomas son los responsables de tu acogida.

Puedes encontrar más información sobre el acceso a la educación y otros servicios en este enlace.