Protección Internacional

Reasentamiento

Reasentamiento

Cada año desde el 2011, el Consejo de Ministros aprueba el Plan Nacional de Reasentamiento (en adelante PNR), conforme a la Disposición Adicional Primera de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria,  acordando el número de personas que podrán ser objeto de reasentamiento en España en virtud de estos programas.

Por su parte, la Comisión Europea muestra un firme compromiso por el desarrollo de las vías legales y seguras de acceso a la protección a través de la promoción del reasentamiento, como pone de manifiesto en su Recomendación sobre vías legales de protección en la Unión Europea: promoción del reasentamiento, las vías humanitarias y otras vías complementarias, de 23 de septiembre de 2020 donde define el reasentamiento como “una herramienta importante para ofrecer protección a las personas necesitadas de protección internacional y demostrar nuestra solidaridad global con los terceros países, ayudándoles a gestionar la llegada de un gran número de personas que huyen de la guerra o la persecución.” 

La ejecución del citado PNR compete al Ministerio del Interior, en lo concerniente a la protección internacional de personas refugiadas, y al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, competente en materia de acogida, con la colaboración del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en lo que afecta a la tramitación y expedición de visados y, en su caso, salvoconductos. Además, se rige por el Protocolo de actuación elaborado por los ministerios del Interior y de Inclusión y Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de manera consensuada con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). En dicho protocolo se determinan y definen tanto los criterios de selección de las personas a reasentar, el reconocimiento de la protección internacional, los traslados a España y el desarrollo del programa de acogida.

Como resultado, desde la aprobación del primer PNR en el año 2011, más de 5.000 personas procedentes de lugares como Líbano, Egipto, Israel, Jordania, Turquía o Costa Rica se han visto beneficiadas por los PNR españoles.

Un ejemplo del éxito del Plan de Reasentamiento fue la llegada a España el día 4 de marzo de 2023 de los primeros 89 refugiados sirios afectados por el terremoto ocurrido el 6 de febrero en Turquía y Siria. Un esfuerzo llevado a cabo en tiempo récord que demuestra la capacidad de adaptación y agilidad de la que goza el mecanismo, y que es fruto de la colaboración durante años por lograr un propósito común, cumplir el compromiso de reasentamiento anual.

Tradicionalmente se han beneficiado de este programa mayoritariamente nacionales sirios que se encontraban desplazados en Turquía, Líbano y Jordania huyendo del conflicto armado que asola el país desde marzo del año 2011. Como novedad en 2023, debido al aumento significativo de personas desplazadas desde América Central y del Sur hacia la frontera de Méjico con EEUU, se amplió por primera vez el ámbito geográfico del PNR a ejecutar en ese año, así como las nacionalidades de los beneficiarios, incluyendo en el programa a personas refugiadas nicaragüenses que se encontraban en Costa Rica.

Teniendo en cuenta las nuevas circunstancias de la escena internacional, y de acuerdo con las Recomendaciones de la Comisión Europea y del ACNUR, España mantiene su firme compromiso por continuar apostando por el reasentamiento como vía de acceso segura a la protección internacional y como vehículo de cooperación y solidaridad con aquellos países que reciben flujos masivos de personas refugiadas.

En línea con ese compromiso, se ha aprobado el Plan Nacional de Reasentamiento de Refugiados en España para 2024 que acuerda acoger hasta 1.200 personas refugiadas cuyos perfiles se determinarán conforme a su capacidad de integración en la sociedad española, y a las características e idoneidad de los recursos de acogida e integración disponibles.