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Subdirección General de Protección Internacional 

Fruto de la relevancia y compromiso con la labor en materia de protección internacional tuvo lugar la aprobación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establecía la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a través del cual se creó la Dirección General de Protección Internacional, incluida en la Subsecretaría del Ministerio del Interior,  la cual asume las competencias de este Ministerio en materia de protección internacional, apatridia y desplazados, tal y como regula el artículo 15 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

El citado artículo del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, establece la creación de tres Subdirecciones Generales, dependientes de la Dirección General de Protección Internacional, ubicada en la calle Arturo Soria 109 (Madrid):

  • Subdirección General de Relaciones Institucionales e Información de Protección Internacional
  • Subdirección General de Asuntos Generales y Jurídicos de Protección Internacional
  • Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia

Corresponden a la Dirección General de Protección Internacional, entre otras, las funciones que el ordenamiento jurídico atribuye a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) a la que hace referencia el artículo 23.1 de la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, la cual se fundó en el año 1992 con el objetivo de tramitar las solicitudes de protección internacional.

A lo largo de estas tres décadas de existencia, la OAR ha tramitado y resuelto más de 690.000 expedientes. En el año 2023 se han presentado 163.642 solicitudes de protección internacional, alcanzando el máximo histórico de entrada de solicitudes. Estas cifras, consolidan la tendencia alcista iniciada en 2015 con motivo de la denominada “crisis de refugiados” que implicó un alto número de llegadas marítimas irregulares en el Mediterráneo oriental, y de manera más significativa a partir del año 2019, donde se alcanzaron 118.446 solicitudes.

A esta gestión vinculada al ámbito de la protección internacional, hay que sumar el trabajo realizado en torno a la figura de la protección temporal. La invasión de Ucrania por parte del ejército de la Federación rusa iniciada el 24 de febrero de 2022, generó el desplazamiento urgente de millones de personas que huían de todo el territorio del país. Con un esfuerzo de cooperación interdepartamental enmarcado en un objetivo común determinado por una crisis bélica sin precedentes en este siglo, el Ministerio del Interior diseñó e implementó en prácticamente siete días un nuevo procedimiento que permitió ejecutar las directrices marcadas, el 4 de marzo de 2022 por el Consejo Europeo (JAI), que aprobó la Decisión (UE) 2022/382 en ejecución de la Directiva 2001/55/CE, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.

Transcurridos dos años desde el inicio de este procedimiento, desde marzo del 2022 a marzo del 2024, se han concedido un total de 203.334 resoluciones de protección temporal, unas cifras que sitúan a España dentro de los principales países receptores de solicitudes de protección temporal. 

Esta tendencia alcista en cuanto a la presentación de solicitudes de protección internacional y temporal, nos revela algo obvio, y es que el mundo está cambiando cada vez más rápido. El ser humano no está y nunca ha estado quieto: se mueve, migra, huye, busca asilo.

La migración es, en sí misma, cambio, movimiento, renovación, creación, esto, en un mundo dinámico hace que sea cada vez más difícil de predecir; en los últimos años, cambios bruscos, no graduales ni parciales. Lo mismo ocurre en el ámbito de la protección internacional: estamos experimentando unos cambios, una evolución, una transformación sin procedentes que ha llevado a que, según el último informe de Tendencias Globales de Desplazamiento Forzado, en 2022 hubiera 108,4 millones de personas se han visto obligadas a huir de sus hogares. Las causas son variadas y a las tradicionales se van sumando otras nuevas como las provocadas por el cambio climático o por diferentes pandemias.

En consecuencia, en estas tres décadas de actividad, la OAR ha afrontado situaciones de crisis internacional, como las recientes desatadas por la situación en Afganistán o la actual invasión de Ucrania, que le ha obligado a intensificar los esfuerzos para compaginar su gestión diaria con la instrucción de nuevos expedientes derivados de estas situaciones excepcionales.

Desde su creación ha vivido los numerosos cambios que se han producido en el ámbito de la protección internacional en España, como son la aprobación de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, el establecimiento de los Programas Nacionales de Reasentamiento, la construcción y desarrollo del Sistema Europeo Común de Asilo (SECA) o la implementación del sistema de Dublín.

La dedicación y calidad del trabajo realizado por los profesionales de la OAR ha sido reconocida, entre otros, con la entrega de la Cruz al Mérito Policial con distintivo blanco de Policía Nacional el 15 de febrero de 2022, acto que constituyó el punto de partida de un extenso programa de actividades conmemorativas con motivo de su trigésimo aniversario durante el año 2022, sirviendo de impulso y compromiso en el trabajo por y para la protección  internacional de una Oficina, y su Equipo, que ya es referencia a nivel internacional.

 

Organización Administrativa

 

 

  • Organigrama Subdirección General de Protección Internacional

 

Organigrama en árbol

 

Organigrama en árbol que muestra la estructura jerárquica de la Oficina de Asilo y Refugio.
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